La revolución de las tecnologías de la información, conjuntamente con el desarrollo de las infraestr...
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La revolución de las tecnologías de la información, conjuntamente con el desarrollo de las infraestructuras de comunicaciones, está haciendo cambiar significativamente las relaciones entre individuos y organizaciones, tanto en España como en todo el mundo. Estas nuevas formas de comunicación abren un gran abanico de posibilidades tanto para ciudadanos como para empresas y permiten comercializar productos y servicios de una forma ágil y económica.
En España, las distintas Administraciones están apostando decididamente por Internet como vía de comunicación, creando páginas webs con un contenido de interés público que están puestas a disposición de la ciudadanía. Estas iniciativas están teniendo una gran aceptación y una repercusión muy positiva en la opinión pública, que se traduce en una utilización cada vez más generalizada de la red.
Para responder debidamente a esta demanda, se hacía necesario aportar seguridad a las comunicaciones a través de Internet. Esta seguridad se expresa en términos de confidencialidad (sólo se muestran los datos o páginas al usuario autorizado a ello), integridad (nos aseguramos de que los mensajes intercambiados llegan a su destinatario sin modificaciones) no repudio (que el emisor o el receptor no se puede desdecir del propio mensaje).
Por cuanto antecede y como herramienta para alcanzar los objetivos anteriores (confidencialidad, integridad y no repudio), surgen los certificados electrónicos y la firma electrónica. Ambos son instrumentos capaces de garantizar la seguridad en las comunicaciones y la identidad de los usuarios, permitiendo la comprobación de la procedencia y asegurando la integridad de los mensajes intercambiados a través de la red.
Con ayuda de los mismos certificados electrónicos y aplicando un algoritmo de firma electrónica, obtenemos de un texto, una secuencia de datos que permiten asegurar que el titular de ese certificado ha “firmado electrónicamente” el texto y que éste no ha sido modificado.
Las claves criptográficas (conjunto de datos o información manejada y gestionada por el usuario para realizar operaciones criptográficas) que posibilitan estas operaciones se generan en el momento de la solicitud del certificado y quedan unidas inequívocamente al titular de las mismas. Todo lo anterior, se ve reforzado en España con una legislación (Ley 59/2003 de firma electrónica) que permite ofrecer garantía y seguridad jurídica a las transacciones realizadas con los certificados electrónicos.
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